Ciencia -Tecnologia y Sociedad

Nuestro retraso actual con respecto a Europa en materia de investigación se puede cifrar en 10 años y habrá que destinar muchos más recursos a I+D para que no se acumule un mayor retraso en las próximas décadas...http://www.ine.es/daco/daco42/sociales/ciencia_tecno.pdf

Economia Ecologica.Nuevo paradigma

Este artículo parte de la siguiente pregunta: ¿la economía ecológica y el proceso de búsqueda de una sociedad sustentable expresan una ten- dencia de ruptura de la ciencia econó- mica con el paradigma cartesiano o, se trata sólo de mera adaptación concep- tual e instrumental de la teoría económi- ca para incorporar el medio ambiente en el campo de estudio de la ciencia econó- mica? El presupuesto de que el paradig- ma cartesiano determina la racionalidad de la ciencia económica, también resul- ta válido para el resto de las ciencias sociales y naturales. A pesar de su predo- minio evidente, el paradigma cartesiano está siendo cuestionado y superado por nuevos descubrimientos en el campo de la física y también por su incapacidad explícita de entender la lógica no econó- mica de la naturaleza. Ese punto de rup- tura o de conciliación entre la economía y la ecología se sintetiza en lo que se denomina la “economía ecológica”. Una variante de la ciencia económica que poco a poco comienza a ser reconocida en el medio académico y en los centros de investigación.

DALY, H y J. B. COBB, Jr. (1993). Para el Bien Común: reorientando la Economía hacia la comunidad, el ambiente y un futuro sostenible. Fondo de Cultura Económica, México

 http://sisbib.unmsm.edu.pe/BibVirtualData/publicaciones/economia/14/pdf/ciencia_economia.pdf

Geoeconomia geopolitica según Luciano

http://pendientedemigracion.ucm.es/info/ec/jec8/Datos/documentos/comunicaciones/Mundial/Vasapollo%20Luciano.PDF


LOS OBJETIVOS EXPANSIONISTAS DE LOS POLOS GEOECONÓMICOS HACIA LA EURASIA.
Luciano Vasapollo (Profesor de Statistica Aziendale, Fac. di Sc. Statistiche, Univ. “La Sapienza” Roma, Director Cientìfico CESTES-PROTEO).
luvasopo@tin.it cestes@tin.it

1.La creación del nuevo polo europeo de carácter geoeconómico internacional

La gestiòn de la crisis del modelo fordista-taylorista consiste en evitar una desvalorizaciòn significativa del capital,
 inventando siempre nuevas salidas en un contexto especulativo de globalizaciòn financiera y de gran competencia global.
 Para evitar una desvalorizaciòn del capital se adoptaron una serie de medidas, como por ejemplo el cambio flexible, los
impuestos de interès muy elevados, las privatizaciones, la desregulacion, el ataque a los sueldos de los trabajadores y al Welfare State.
 Fueron abatidas las políticas de proteccion social y se acentuaron las características precarias en el mundo del trabajo.
La gestiòn de la crisis fordista, hasta ahora usada, tiene elementos de debilidad: por un lado acentùa la dicotomìa del sistema 
Oeste nuevo Este, además de Norte-Sur. 
Por otra parte, produce efectos sociales al interior de Occidente, que tiene un capitalismo avanzado y que puede, por tanto, 
poner en discusiòn los modelos polìticos-econòmicos y, ante todo, de las polìticas sociales.


En este contexto se produce la construcciòn de la Europa monetaria. 
Los problemas econòmicos y sociales relacionados con esta construcción, coincidieron con la crisis asiàtica.

La difusión de la crisis, desde Tailandia a las otras economìas de la regiòn, puso en evidencia como mercados financieros, 
fuertemente integrados y reactivos, pueden por un lado favorecer la destinación eficiente de los recursos, pero por otro aumentan 
los riesgos de contagio entre los paìses con factores de desequilibrio en gran medida comunes.


La experiencia del sudeste asiático evidenció la estrecha relaciòn entre las crisis cambiarias y bancarias, y el mismo 
proceso de globalización financiera, en un 
contexto posfordista caracterizado por polìticas monetarias restrictivas con fuertes consecuencias en el plano internacional, 
dominado por una ruptura de los precedentes equilibrios. 

El Colectivo Roosevelt 2012 – Propuestas para afrontar la crisis en Europa


Liderados por Stéphane Hessel, autor del libro ¡Indignaos!, considerado el inspirador del movimiento 15M, un colectivo formado por personalidades como el ex primer ministro Michel Rocard, economistas como Pierre Larrouturou, filósofos, activistas, políticos e intelectuales del país vecino han suscrito un manifiesto en el que proponen afrontar la crisis actual de manera similar a como el presidente de los EEUU Franklin  D. Roosevelt afrontó la salida de la gran depresión de 1929.
Se afirma que, tras 5 años de crisis financiera, la sociedad está llegando a un punto sin retorno y reclama la necesidad urgente de actuar para evitar un colapso económico que podría conducir a nuestra sociedad occidental al caos. Este escenario podría ser el caldo de cultivo ideal para formas autoritarias de gobierno, tal como ya sucedió en el pasado.
El colectivo, denominado Rossevelt2012, ha conseguido hasta ahora el apoyo de más de 55.000 ciudadanas y ciudadanos europeos concreta su ideario en 15 propuestas:

1.- Reducir drásticamente los tipos de interés sobre la deuda de los Estados y facilitar el crédito al sector privado.

¿Es normal que los Estados se financien a unos tipos de interés mucho más caros que los intereses que pagan los bancos privados? ¿Es normal que el BCE ofrezca “barra libre de liquidez” a unos bancos que pueden invertir fuera de Europa, donde obtendrán una rentabilidad segura y mucho mayor? ¿Debe estar la clase política europea al servicio de los bancos o al servicio del interés general?
En muchos países, las personas llevan la peor parte de la austeridad porque los mercados financieros no prestan dinero a algunos estados si éstos no abonan unos intereses del 6, 7 o 11%. Tampoco prestan dinero a las empresas que quedan en Europa porque saben que, tarde o temprano, sucumbirán al “dumping” social al que están sometidas por otros países donde no se respetan los derechos sociales. Asfixiados por estas tasas de interés, los gobiernos son obligados a bloquear las pensiones, subir impuestos, recortar subsidios familiares o los sueldos de los funcionarios públicos y reducir la inversión. Agobiadas por la falta de financiación y su baja capacidad para competir en el mercado global, las empresas cierran. Esto aumenta el desempleo y nos sumerge en la recesión que padecemos, que va adquiriendo poco a poco una extrema gravedad. Además, la importación masiva de productos extranjeros y las inversiones fuera de Europa suponen una sangría de divisas permanente que justifica la política monetaria restrictiva que aplica el BCE para evitar la devaluación del euro.
“Ser gobernados por el dinero organizado es tan peligroso como serlo por el crimen organizado”, dijo Roosevelt. Estaba en lo cierto, y más si se trata de fondos extranjeros cuyos propietarios tienen intereses que distan mucho de los de los ciudadanos europeos. No se puede consentir que la clase política europea siga mimando a los bancos y maltratando a los estados y a los pueblos.
¿Cómo proporcionar oxígeno a las finanzas públicas y a las empresas de inmediato? ¿Cómo actuar sin modificar los Tratados, lo que requeriría meses de trabajo y sería prácticamente imposible puesto que el pueblo detesta el papel que están jugando las instituciones europeas?
Inspirándonos en lo que hizo la Banca Central Americana para salvar el sistema financiero, bajo la dirección de Roosevelt, proponemos que la deuda de nuestros Estados pueda ser refinanciada, a través de una banca pública y Cajas de Ahorros a unos tipos de interés próximos a 0 %. Y que la banca pública y Cajas de Ahorros, obligadas por ley a invertir en nuestros países, financien también a las empresas y ciudadanos para ayudarlos a salir adelante y así crear empleo.
La clase política solo dice “la verdad a medias”, como lo hace habitualmente, cuando dice que no es posible, según los Tratados, que el BCE financie a los Estados. No hay necesidad de modificar los Tratados de la UE para poner en práctica esta idea: en efecto, el Banco Central Europeo no está autorizado a prestar a los Estados miembros, pero puede prestar sin límite a los organismos públicos de crédito (artículo 21.3 del Estatuto del Sistema Europeo de Bancos Centrales) y a las organizaciones internacionales (artículo 23 del Estatuto). Puede por tanto prestar al 0,01% al Banco Europeo de Inversiones, a las Cajas de Ahorro o a cualquier banco público del estado nacional y esas mismas instituciones pueden prestar a su vez al 0,02% a los Estados, a las empresas y a los particulares.
Ese apoyo a la banca pública y a las cajas de ahorros, impediría, además, la transformación del mercado bancario en el oligopolio financiero que están diseñando.
Nada impide, salvo la obstinada actitud de la clase política de favorecer la cuenta de resultados de la gran banca internacional, establecer esa financiación el próximo mes y cortar la sangría.

2.- Crear un impuesto europeo sobre Sociedades.

El impuesto sobre Sociedades es sólo el 25% de media en Europa, frente al 40% en los EE.U.U. En España, según los técnicos de Hacienda, las grandes empresas solo pagan un 12 % de media, a través de la aplicación de una sofisticada ingeniería fiscal. Antes de la aplicación de las políticas liberales, hace solo unos años, el impuesto sobre sociedades en España estaba en el 35%.
¿Cuál es la causa de que Europa tenga un tipo impositivo tan bajo? Desde la adhesión de Irlanda y Gran Bretaña en 1973, los Estados europeos compiten entre sí y quedan obligados a bajar el impuesto sobre sociedades para evitar que sus empresas se deslocalicen hacia aquellos países con el impuesto sobre sociedades más bajo. Irlanda redujo su tasa al 12% y todos los Estados miembros se vieron obligados a bajar el impuesto para atraer a las empresas. Con la Globalización, y las bonificaciones fiscales que se vienen aplicando a las empresas que se deslocalizan fuera de Europa, bajo el argumento de que ayuda a su competitividad, sin tener en cuenta la destrucción de empleo que ello provoca, el impuesto sobre sociedades se ha reducido en una tercera parte en Europa en veinte años. Este déficit fiscal es una de las causas importantes del endeudamiento público.
Nunca ha habido tantos beneficios (más de 550 mil millones el año pasado sólo para las 600 empresas del Eurostock 600), ¡pero nunca el tipo del impuesto sobre sociedades había sido tan bajo!
La última vez que hubo una competencia fiscal entre Estados, fue en los E.E.U.U., en los años 20: Texas bajó sus impuestos para atraer negocios. Después fue Florida la que redujo el impuesto sobre sociedades. Más tarde Ohio. Las empresas (y sus accionistas), se beneficiaron sin complejos de este dumping fiscal. Cuando estalló la crisis de 1929, los Estados se dieron cuenta de que sus arcas estaban vacías y que no tenían los medios para ayudar a los desempleados estimulando la actividad mediante el aumento del gasto público.
Tan pronto como llegó al poder, Roosevelt creó un impuesto federal sobre los beneficios para hacer imposible el dumping entre estados vecinos. En Europa, por el contrario, no hay un impuesto europeo. Lo que facilita enormemente ese dumping. Así es como hemos llegado a una tasa media 15 puntos por debajo de la de los Estados Unidos.
Ningún país en Europa puede aumentar en 15 puntos porcentuales el impuesto sobre sociedades: si es el único en hacerlo, todas sus empresas se instalarían en los estados vecinos. Pero nada nos impide actuar a nivel europeo mediante la creación de un impuesto europeo sobre sociedades de alrededor del 15%. Supondría una recaudación adicional que disminuiría el déficit de los Estados en la misma cuantía.
¿Qué impuesto europeo?
Se puede crear un impuesto sobre las ganancias de las empresas, ya que es un impuesto que ha disminuido considerablemente en los últimos veinte años, en beneficio de los accionistas mucho más que en beneficio de la inversión de las empresas. Un impuesto ecológico también permitiría aumentar los recursos propios de la UE, además de inducir a las empresas a reducir su consumo de energía.
La idea de crear un impuesto europeo ya había sido presentada por Jacques Delors en la década de 1980. Después de casi 30 años de reflexión, ¿no es urgente actuar? Dado que un nuevo tratado debe ser negociado en marzo de 2012, se debería incorporar la creación de un impuesto sobre las transacciones financieras y la creación de un impuesto europeo sobre sociedades.

3.- Poner fin al hundimiento de la recaudación fiscal

Para salir de nuestra dependencia de los mercados y reequilibrar las cuentas públicas, también se puede encontrar un amplio margen de maniobra en el plano nacional mediante la cancelación de gran parte de las reducciones de impuestos concedidas a las grandes empresas y a los ciudadanos más ricos desde hace 10 años.
Si aplicáramos en 2012 los impuestos que existían en 2000 (nadie los juzgaba confiscatorios o comunistas), el déficit se convertiría en superávit.
Cuando Roosevelt asumió el cargo, el tipo impositivo aplicable a los ciudadanos más ricos era del 25%. Roosevelt decide elevarlo de inmediato a un 63% y posteriormente al 79%. Durante casi cincuenta años, hasta la llegada de Ronald Reagan, explica Thomas Piketty, la tasa máxima del impuesto nunca descendió por debajo del 70%.Y la economía de EE.UU. funcionó muy bien esos 50 años sin necesidad de endeudarse .
Si creáramos un impuesto europeo sobre sociedades, se cancelaran las reducciones de impuestos promulgadas desde hace 10 años y se redujera el coste de la deuda, habría un superávit de las cuentas públicas.
Atreverse a hacer la Revolución Fiscal
Pero volver a los errores del pasado no es suficiente. Debemos ir más allá y poner en práctica una verdadera reforma del impuesto sobre la renta según lo propuesto por Camille Landais, Thomas Piketty y Emmanuel Sáez. Después de demostrar que el impuesto sobre la renta es cada vez más complejo y menos progresista, Thomas Piketty y sus amigos proponen un nuevo impuesto que sustituiría muchos de los impuestos existentes, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social, el IRPF, las retenciones.
Este nuevo impuesto sería retenido en la fuente sobre las rentas del trabajo y el capital utilizando una escala claramente progresiva. Parte de las ganancias de este nuevo impuesto se destinarían a la Seguridad social.
Este nuevo impuesto sería mucho más simple y transparente que el sistema existente. Y permitiría restaurar la progresividad global de nuestro sistema tributario, y por lo tanto corregir la injusticia del sistema actual. Otras propuestas de reforma, que van en el mismo sentido, han sido propuestas por otros economistas y asociaciones como ATTAC. Deben ser estudiadas con gran atención porque el “status quo” ya no es posible.

4.- Boicotear los paraísos fiscales.

Un informe del Parlamento Europeo considera que la fuga de capitales con destino a los paraísos fiscales cada año provoca una pérdida fiscal de alrededor el 1 al 1,5% del PIB de cada Estado miembro. Más allá de la retórica, no hay ninguna acción seria prevista a fecha de hoy para luchar contra los paraísos fiscales. El 4 de noviembre de 2011, después de la cumbre del G-20, Nicolas Sarkozy tomaba el testigo de la opinión pública y afirmaba “no querer más los paraísos fiscales”. Se comprometió a “marginarlos de la comunidad internacional.” Panamá fue uno de los países mencionados en este firme discurso , pero dos semanas más tarde, el presidente de Panamá, dijo a la salida del Elíseo que el presidente de Francia le había asegurado que el acuerdo firmado entre Francia y Panamá para “evitar la doble imposición “sería ratificado por el Parlamento francés antes de finales de 2011. Y, cuando un periodista preguntó por este doble discurso, un portavoz del gobierno le respondió que “El Presidente hizo estas declaraciones en Cannes como presidente del G-20″ . “No era de ninguna manera una declaración sobre una cuestión nacional.”
Dada la gravedad de la crisis en las finanzas públicas, este doble rasero ya no es aceptable. En lugar de imponer a los pueblos planes de austeridad que agravan la crisis, el Estado debe declarar la guerra a los paraísos fiscales:
  • Obligando a las empresas a la transparencia financiera
Todas las empresas deberían rendir cuentas obligatoriamente sobre su actividad país por país y declarar la existencia de filiales en los paraísos fiscales y centros financieros extraterritoriales.
  • Boicoteando a las empresas que tengan filiales en paraísos fiscales
El Estado y el conjunto de instituciones locales deben de dejar de acordar cualquier contrato público con una empresa (bancos, empresas de trabajos públicos, proveedores de sistemas informáticos) que tengan filiales en paraísos fiscales evadiendo así los impuestos que pagan escuelas, sanidad, policía o jubilaciones.
  • Poniendo fin a la práctica de la optimización fiscal de los grupos internacionales.
Hay que transponer el sistema del apportionment existente en los Estados Unidos, que obliga a cada empresa multi-estado a declarar el volumen de salarios pagados, su volumen de negocio y sus inversiones Estado por Estado. Su nivel de impuestos se calcula entonces sobre la base de estos tres parámetros en lugar de basarse exclusivamente en los beneficios declarados, puesto que éstos son sistemáticamente transferidos a las zonas fiscalmente más interesantes.

5.- Limitar al máximo los despidos

Alemania experimentó una crisis económica en 2009 dos veces más grave que la de Francia. Sin embargo, a pesar de ello, el desempleo aumentó seis veces menos en Alemania.
Recesión 2009
Evolución del paro
Alemania
-4,6%
+220.000
Francia
-2,3%
+1.200.000
¿Cómo explicar este “milagro”? Los sindicatos alemanes fueron a ver a Ángela Merkel para exigir que el despido se convirtiera en el último recurso en las empresas con dificultades y que la regla general fuera la de mantener el máximo de empleo mediante el desarrollo de laKurzarbeit”.
¿Kurzarbeit? El principio es muy simple: en lugar de despedir al 20% de la fuerza laboral, una empresa que ha visto reducir sus ventas un 20%, disminuye su tiempo de trabajo en un 20% y mantiene todos los empleados. El salario disminuye, pero el Estado mantiene sus derechos sociales. Es más barato para el Estado mantener las cotizaciones sociales de un empleado que baja su tiempo de trabajo y su salario que financiar a un desempleado, teniendo en cuenta todos los costes y las pérdidas de ingresos fiscales y sociales que intervienen.
El 23 de enero de 2011, el Ministerio alemán de Trabajo publicó un informe bastante completo del Kurzarbeit: lo siguieron 1,5 millones de empleados, que, en promedio, redujeron en un 31% su tiempo de trabajo. Si pensamos que el mundo entrará en una nueva recesión o un período de crecimiento muy bajo, es vital para nuestra cohesión social hacer todo lo posible para reducir al mínimo los despidos inspirándonos en lo que ha sido hecho en Alemania desde 2008. Esto puede ahorrar cientos de miles de despidos.

6.- Asegurar a la gente en precariedad

En cada uno de nuestros países, cada mes, decenas de miles de hombres y mujeres agotan la prestación de desempleo. y se encuentran en gran precariedad. Vista la gravedad de la crisis y las pocas esperanzas de una recuperación rápida del pleno empleo, es urgente alargar la prestación de desempleo, mejorar el asesoramiento y su acceso a la formación.
Para evitar que el paro se convierta en sinónimo de precariedad, pobreza o descalificación, hemos de fijarnos en el modelo de Dinamarca. en materia de cobertura y asesoramiento de los trabajadores en paro. La mayoría de trabajadores que pierden su empleo pueden conservar el 90% de sus ingresos durante 4 años, siempre y cuando estén en búsqueda de empleo o en formación.
Alargar la prestación de desempleo, fue una de las primeras decisiones que tomó Roosevelt en 1933. Fue también una de las medidas que tomó Churchill cuando se convirtió en Primer Ministro. Es una medida de sentido común.
Los trabajadores representan más del 90% de la población activa pero es evidente también que hay que mejorar la prestación de los autónomos que quiebran y se encuentran a veces con dificultades mayores que los propios trabajadores sin empleo.
Más allá de esta medida de urgencia, se debe iniciar un debate sobre la unificación y la simplificación del conjunto de los dispositivos de cobertura social con la perspectiva de crear un auténtico escudo social.

7.- Prohibir a los bancos especular con nuestro dinero

Separar los bancos de depósitos de los bancos de inversión:
Para proteger el ahorro de los ciudadanos y no poner en riesgo las finanzas públicas ni la financiación de la economía real, el principio de una separación estanca entre Bancos de Depósitos y los Bancos de Inversión acaba de ser presentada en Gran Bretaña pero los lobbies han conseguido que su aplicación sea derogada hasta…el 2019! Es evidentemente demasiado tarde. Visto el riesgo de que una mayor crisis estalle pronto, hace falta poner en funcionamiento esta reforma para proteger la economía real.
Para prohibir a los bancos especular con el dinero de los ciudadanos, es necesario separar los bancos de depósitos y los bancos de inversión. Es una de las primeras reformas que hizo adoptar Roosevelt en 1933 aprobando la Glass Steagall Act.
Cuando Roosevelt aprobó la ley, dejó tan sólo unas semanas para que los bancos la aplicaran. Es una condición sine qua non si queremos evitar que bancos universales gigantes secuestren las sociedades europeas con el argumento de que son “too big to fail”, o, como se ha venido en llamar en España, “entidades sistémicas”, que no se pueden dejar caer porque toda la economía se derrumbaría. Esta amenaza está justificando el trasvase de enormes cantidades de dinero de nuestros impuestos a la cuenta de resultados de estas entidades bancarias.
Favorecer la financiación de las PYMES
Uno de los intereses de esta reforma, seria también obligar a los bancos de depósitos a estar bastante más al servicio de la economía real de lo que lo están hoy día.
Si los bancos no pueden utilizar nuestros depósitos para actividades especulativas al 10% o el 15% de rentabilidad, acogerán sin duda mejor a los responsables de las PYMES que necesitan financiar proyectos de desarrollo “normal”.
De la misma manera, los colectivos locales y el Estado deberían hacer todo lo posible por favorecer la creación y el crecimiento de las PYMES. Hace falta mejorar particularmente el asesoramiento de los emprendedores y ayudarles en la gestión diaria de su empresa. Gestionar una empresa nunca es fácil, pero si tenemos en cuenta que vamos hacia un agravamiento de la crisis, la necesidad de formación, de herramientas de gestión y de un lugar de intercambio con otros gerentes es aún más evidente.
Se ha hablado mucho del stress y de la precariedad laboral que sufren un número creciente de asalariados y asalariadas a causa del miedo al paro (“si no te gusta, te vas a otra parte”) pero no se puede subestimar el stress que sufren también muchos patrones de PYMES, subcontratantes de grandes empresas. Para reforzar nuestro tejido económico, para ser más resistentes en caso de Tsunami, no sólo hace falta favorecer la financiación de las PYMES sino también ayudarles a gestionar sus empresas y actuar para reequilibrar la relación entre grandes empresas y subcontratantes.
Acabar con la irresponsabilidad de los financieros
Desde hace tiempo, ha sido declarada una verdadera guerra a la zona Euro por ciertos especuladores y, a través de ella, al conjunto de la estabilidad económica mundial. No es suficiente denunciar verbalmente la “naturaleza criminal de algunos comportamientos del sector financiero”, como lo hace el señor Barroso, hace falta actuar con firmeza para acabar con su capacidad de perjudicar.
En EEUU, la autoridad de supervisión bancaria (FDIC) ha decidido el 6 de julio 2011 que los dirigentes de los más grandes establecimientos financieros americanos podrán perder retroactivamente sus remuneraciones en caso de quiebra de su sociedad. De ahora en adelante, estas personas serán sometidas a “un criterio de negligencia” que permitirá recuperar su remuneración a posteriori en el caso que esa negligencia pueda ser demostrada..
Esta regla es importante para acabar con la irresponsabilidad de los dirigentes. Hay queponerla en funcionamiento en todos nuestros países no solo afectando a los principales dirigentes (como es el caso en los EEUU) sino al conjunto de los políticos en puestos de responsabilidad económica, directivos, comerciales y traders.
Igualmente, Europa ha decidido prohibir los instrumentos financieros altamente especulativos, utilizados para cubrir la posible falta de pago de los Estados y acusados de amplificar la crisis. Es una muy buena noticia pero hace falta ir más lejos: suprimir las clausulas restrictivas que debilitan el alcance de ese texto, prohibir el anonimato en los mercados financieros, imponer cámaras de compensación bajo tutela pública a los mercados OTC y sancionar retroactivamente a los responsables que hayan sido declarados culpables.
Desarrollar monedas complementarias
Más allá de estas medidas de urgencia, se debe hacer una reflexión colectiva sobre la fragilidad que supone para nuestra economía y nuestra cohesión social, el hecho de utilizar una sola moneda (lo que podríamos llamar una monocultura monetaria).
De la misma manera que un parasito o un incendio se propaga sustancialmente más rápido en un bosque con un solo combustible (por ejemplo el pino), una crisis financiera es susceptible de contaminar, en pocos días, el conjunto de la economía mundial por intermediación de los bancos, arrastrando en su estallido a la economía real, potencialmente sana y desconectada de las especulaciones.
Por el contrario, una economía abierta a una policultura monetaria, como fue el caso en varias veces durante el curso de la historia, especialmente entre el 1.000 y el 1.290 en Europa) y como es de nuevo el caso en varios países del Mundo (Suiza, Bélgica, Uruguay, Alemania, Inglaterra, …) será probablemente más estable y resistente.
La utilización de estas monedas complementarias permitía valorar ciertas riquezas que las medidas clásicas del PIB no tiene en cuenta hoy en día y invertir masivamente sin incurrir en deuda, en algunos campos de interés general.
La aparición de monedas locales y regionales un poco por todo el mundo (65 en Alemania, 12 en Francia, varias decenas en el Reino Unido, varios centenares en Brasil y varios miles en América del Sur, etc.) confirma este análisis. La circulación de monedas pudiendo ser gastadas exclusivamente en un territorio dado o para una actividad dada es útil para relocalizar la economía o dificultar su deslocalización por “las fuerzas del mercado”.

8.- Crear una verdadera tasa que grave las transacciones financieras

Si la citada tasa hubiera estado vigente en 2008, incluso a través de un tipo muy reducido, hubiera recaudado ya entre 250 y 600 mil millones de euros. La crisis griega hubiera podido ser solucionada muy fácilmente, sin tener que pedir sacrificios a la población europea. ¿Que esperamos para finalmente crear esta tasa y asegurar tanto al pueblo alemán como al resto de pueblos de Europa que será la última vez que les pedimos hacer un esfuerzo injusto?
Ahora, serán los mercados financieros los que deberán contribuir a la dotación del Fondo Europeo de Estabilidad.
Si Londres se opone a una tasa a las transacciones financieras, hace falta “poner los puntos sobre las íes” sin agresividad y tener el valor de clarificar las cosas.
  • Los disturbios del verano de 2010, han mostrado que el pueblo inglés está harto de políticas de austeridad.
  • La deuda privada del Reino Unido sobrepasa el 230% del PIB, siendo el 130% en Francia. Y si integramos la deuda pública y sobretodo la inmensa deuda del sector financiero, la deuda total de Gran Bretaña sobrepasa el 900% del PIB. Es evidente la extrema fragilidad del “modelo inglés”. Sera en 2 meses o 2 años, pero los ingleses acabarán suplicando a Europa que les ayude a salvar sus bancos. Hay que ponerles las cosas claras y decirles que es hoy cuando han de decidir si, Si o No, están en el mismo barco que el resto de pueblos de Europa.
No podrán suplicar mañana que seamos solidarios, si ellos no lo son hoy. Si los Ingleses comprenden que, de hecho, nos conviene a todos ser solidarios, podemos poner en funcionamiento muy rápidamente una tasa Tobin a un tipo bastante elevado. Si no lo comprenden, podemos hacerlo a nivel de zona euro con un tipo más bajo.
La puesta en funcionamiento de una Tasa sobre las Transacciones Financieras es perfectamente realista a nivel de zona euro (incluso el señor Barroso lo reconoce ahora) pero seria más eficaz y tendría un rendimiento notablemente más elevado si funcionara simultáneamente en el conjunto de Europa o en el conjunto de las plazas financieras mundiales. Como todos los Estados necesitan generar nuevos recursos, todos los dirigentes del G20 deberían poner en funcionamiento esta tasa sin dilación.

9.- Luchar contra las deslocalizaciones

Imponer el respeto de las normas sociales y medioambientales en el comercio mundial convocando una nueva Cumbre de Philadelphia
En 1944, antes de convocar la Cumbre de Bretton-Woods que reconstruyó el sistema financiero internacional, Roosevelt organizaba la Cumbre de Philadelphia que adoptaba como prioridad absoluta el respeto de un cierto número de reglas sociales: “El trabajo no es una mercancía. (…) No existirá paz duradera sin justicia social” afirmaba Roosevelt y los otros jefes de estado antes de definir reglas sobre los salarios, el tiempo de trabajo y el reparto entre salarios y dividendos.
Reglas muy concretas a respetar tanto en cada país como en el comercio mundial. Antes que los neoliberales lo desmantelaran, estas reglas permitieron 30 años de prosperidad sin deuda. Mientras que el conjunto de nuestro planeta se encuentra al borde del precipicio y los discursos bélicos y los riesgos de conflicto se multiplican, es urgente convocar una nueva Cumbre de Philadelphia. A las lógicas del dumping social, de búsqueda de chivos expiatorios y de conflictos, es urgente contrarrestarlo con una explosión de cooperación y justicia social.
Antes de adherirse a la OMC, China firmó 22 convenciones sociales en la Organización Internacional del Trabajo, pero no respeta prácticamente ninguna, lo que es muy perjudicial tanto para su pueblo (cientos de millones de chinos podrían beneficiarse de condiciones de vida mucho más dignas) como para su economía (dado el bajo salario medio, el consumo interno no representa más que el 28% del PIB siendo el 60% en India o Europa, lo que explica la inestabilidad de la economía china y su enorme dependencia de las exportaciones y las inversiones) y para los otros pueblos del planeta, que ven partir una buena parte de su producción industrial hacia China.
La adhesión de China a la OMC no hubiera sido posible si no firmaba esas convenciones sociales. Participando en una nueva Cumbre de Philadelphia, China y los otros países con bajos salarios pueden evitar la puesta en funcionamiento de medidas inmediatas de proteccionismo en Europa y en Estados Unidos, pero deben claramente comprometerse a respetar por fin las normas sociales y las normas ecológicas que firmaron antes de adherirse a la OMC.
Europa debe anunciar que, si ese no es el caso, establecerá en un plazo de 4 años, tasas en sus fronteras, que permitirán restablecer la condiciones de un intercambio justo. Europa es el primer cliente de China. Cuando se es el primer cliente de un país, se tiene una verdadera capacidad de negociación. La cuestión, aquí también, es la de la voluntad política y la organización política de Europa (volveremos más tarde a este punto crucial). Sería una fatalidad dejar la mundialización sin regulación social ni ecológica. Durante 40 años, Europa ha sido un espacio regulado y, en teoría, ha aceptado la mundialización con reglas sociales. Si queremos evitar el hundimiento de nuestras economías y el desarrollo de futuros conflictos, es urgente resucitar, en concreto, el espíritu de Philadelphia.
No se debe interpretar por ello que estamos en contra del desarrollo de los países emergentes. Muy al contrario, lo que pretendemos evitar es la destrucción del modelo europeo y con ello hacer posible que el resto del mundo entienda que la justicia social y la igualdad de oportunidades no son una utopía sino el fruto de un modelo económico que logró la desaparición de la lucha de clases mediante el “Contrato Social”.

10.- Cervantes2012.

En el documento francés se dedica la propuesta 10 a la política de vivienda, pero entendemos que es un tema regional y que no es propio de un manifiesto europeo, por lo que, cada país, podría encontrar un personaje histórico que ya hubiera explorado los caminos de la justicia social para desarrollar una idea que subyace en todo el documento.
En la España del s.XVI, como en casi toda la historia de la humanidad, los destinos de la sociedad estaban regidos por los llamados “Grandes de España”. Amplias capas sociales se ocupaban en el trabajo de los latifundios o en la práctica del noble deporte de la espada a lo largo y ancho de Europa y América para mayor gloria y desarrollo del patrimonio de esas “grandes familias”. Probablemente Cervantes se preguntara si eran “malvados gigantes” merecedores de que los españoles se procuraran un yelmo y una espada y cargaran contra ellos o eran en realidad “molinos” de cuyas “factorías y buen gobierno” surgía la harina necesaria para la multitud de “Sanchos” que conformaban la sociedad española. De la lectura reflexiva de los libros de historia nace la respuesta acertada.
Cuatro siglos más tarde muchos españoles nos preguntamos si serán molinos o malvados gigantes las multinacionales y los grandes bancos que, cada vez más y más “grandes”, parecen acaparar el poder en la sociedad actual.
La política que inició Roosevelt y que tuvo su continuidad en Occidente hasta la caída del muro consistió en establecer límites a la libertad personal, a la libertad de mercado y a la propiedad privada, para proteger un concepto de superior importancia: “el interés general”. Entendido este concepto como el “interés de la comunidad de personas” que constituyen una nación y no el interés de una élite de “gigantes”. Las leyes antimonopolio, la progresividad fiscal, la política de rentas, fueron en realidad controles al tamaño e influencia de los “Gigantes” en la sociedad.
El liberalismo y la globalización suponen, en la práctica, la eliminación de esos “corsés” impuestos a los “gigantes” y éstos pueden unirse entre sí y crecer y crecer a su antojo para ejercer, en la práctica, una perversa acción depredadora sobre “el interés general”.
En la nueva Sociedad Global, donde, ni los Estados, ni la clase política tienen ya las herramientas de control sobre estos “Gigantes”, o tal vez “molinos”, quizá las soluciones hayan de pasar necesariamente por establecer nuevos “límites”, no solo a las grandes corporaciones, sino también a las mismas naciones, en base a un nuevo concepto de “interés general universal”. Unos límites aceptados por todos y establecidos de la forma más democrática posible. No es suficiente el marco actual donde, sí bien es cierto que existen organismos internacionales y conferencias donde se dialoga y se establecen objetivos y buenas intenciones, el cumplimiento de los acuerdos queda al arbitrio de la decisión soberana nacional.
Este nuevo concepto de “interés general universal” debería incluir a todos los seres humanos, a las futuras generaciones, al medio natural y al desarrollo científico global.
Respecto a las naciones, implicaría que Europa renunciara a comportarse como un “gigante” en la comunidad internacional para pasar a resolver los conflictos promoviendo la elaboración de leyes internacionales justas, iguales para todos y la creación de tribunales con verdaderos poderes para aplicarlas. Esto liberaría recursos, que actualmente se destinan a la guerra, para fortalecer el desarrollo científico como motor de cambio y resolución de los problemas y desafíos planteados a la humanidad. Ese desarrollo científico y tecnológico debería ser reconducido hacia objetivos no exclusivamente económicos, sino de beneficio social. Es decir, debería condenarse la obsolescencia programada, el desarrollo de fármacos que crean adicción y no resuelven las enfermedades, la obstrucción al desarrollo de energías limpias y más baratas que el petróleo, etc. Igualmente habría que reconocer los derechos de las generaciones futuras a recibir un planeta en las mejores condiciones posibles. Todo ello dentro de un marco de cooperación internacional donde los países contrarios a la aplicación de estas medidas y otras de respeto a los derechos fundamentales sean fuertemente presionados.
Respecto a las grandes corporaciones, implicaría la creación de instituciones internacionales que velaran por la competencia en los mercados y el respeto de los derechos sociales de sus trabajadores.
Por último, y dentro de este respeto al “interés general universal”, habría que plantearse si es socialmente útil que determinadas familias posean patrimonios tan extensos que les permitan controlar potencialmente amplios centros del poder, incluso en las sociedades democráticas, haciendo imposible, mediante este mismo control , saber si lo ejercen realmente en su propio “interés” o no lo hacen. El mero hecho de que las medidas que aquí reclamamos quedan siempre sin aplicar, nos puede dar la respuesta. Un impuesto sobre sucesiones muy restrictivo en el caso de las grandes fortunas sería suficiente para acabar con este “peligro potencial permanente” para el correcto funcionamiento de los sistemas democráticos.

11.- Declarar la guerra al cambio climático

Todos los estudios recientes muestran que el cambio climático es más rápido y tiene consecuencias más graves de lo que se anunciaba hace 5 o 10 años. Cada año, el conjunto de los países occidentales continúa produciendo más gases de efecto invernadero. China inaugura cada semana de una a dos centrales térmicas. En Siberia, el deshielo del permafrost libera a la atmosfera grandes cantidades de metano. ¿Balance? La producción de CO2 y de metano aumenta cada año y el océano almacena menos de lo previsto. Si nada cambia, nos arriesgamos a atravesar un limite después del cual será muy difícil o imposible dar marcha atrás.
Si queremos salvar el planeta, no es suficiente hablar de “desarrollo sostenible” o de poner en marcha muy lentamente Convenciones Internacionales poco ambiciosas. Si queremos ganar la carrera de velocidad, si queremos dejar a nuestros hijos un planeta habitable, hace falta ACTUAR. Hace falta que un país o un grupo de países pasen a la acción y demuestren a los demás que se puede efectivamente dividir por 4 la producción de gases con efecto invernadero sin renunciar a una vida agradable.
Las negociaciones internacionales son indispensables pero no son suficiente. Hace falta que un país dé el paso adelante y cambie muy rápido y radicalmente su modo de vida. Hace falta que un país o un grupo de países muestren que un salto adelante es posible.
¿Cómo organizar el salto adelante? El último libro de Lester Brown es muy interesante respecto a este punto de vista. Cita un ejemplo que no tiene nada que ver con el medio ambiente pero muestra cómo, de existir voluntad política, es posible provocar un gran avance: algunos días después del ataque a Pearl Harbour, en diciembre de 1941, durante un gran discurso a la nación, el presidente Roosevelt anunció que los Estados Unidos entrarían en la guerra e impuso una reorganización total de la industria americana: la parte más eficaz de la economía (la industria automovilística) fue prácticamente requisada y puesta al servicio de un único objetivo: la construcción de aviones y tanques.
Cuando los ejecutivos de la industria del automóvil fueron a verle para informarle que sería difícil fabricar al mismo tiempo aviones y coches, Roosevelt les respondió que no le habían entendido bien: se iba a parar completamente la fabricación de coches. El 100% de la capacidad disponible estaría a disposición del objetivo nº 1: la fabricación de aviones para prepararse para la guerra. Y así se hizo. En pocos meses la producción de coches se dividió por 20 y el número de aviones que salieron de las fábricas sobrepasaron los objetivos fijados por Roosevelt.
¿Europa va a declarar la guerra al cambio climático y crear todos los puestos de trabajo necesarios ganar dicha guerra? Si somos capaces de hacer este esfuerzo, será más fácil convencer al resto de países para hacer lo mismo. Es una cuestión crucial para nuestro futuro.
Aparte de destinar muchos más recursos a la investigación en energías alternativas limpias y más baratas y asegurarse de que “la industria del petróleo” no “pone trabas a ese empeño”, “existen tres prioridades a la hora de combatir el cambio climático: 1. el ahorro de energía. 2. el ahorro de energía. 3. el ahorro de energía”, explica un especialista en la cuestión. Si queremos darnos todas las oportunidades de parar el calentamiento global antes de que alcance un punto de no retorno, hay que actuar con mucha rapidez y el máximo de empeño, para aislar los edificios (públicos y privados), desarrollar las energías renovables (la biomasa en particular) y acelerar la reforestación para absorber el máximo de CO2 (en Europa y en el resto del mundo).
Un esfuerzo considerable para aislar los edificios.
Muchos gobiernos europeos ofrecen subvenciones a quienes deciden realizar trabajos de aislamiento. Es un gesto amable pero totalmente insuficiente. En su último libro, Jean-Marc Jancovici y Alain Grandjean plantean una propuesta mucho más audaz: convertir enobligatorio realizar un diagnóstico térmico real y acometer los trabajos de aislamiento necesarios, cada vez que un apartamento o casa cambia de manos. Nadie debería oponerse a esta propuesta si ha entendido la gravedad de la situación.
En febrero de 2011, un estudio alemán mostraba que esta propuesta, junto a otras en el mismo sentido más ambiciosas, podrían crear 6 millones de empleos a nivel europeo.
Una economía más ecológica podría crear 6 millones de empleos.
La Tribune 23 de febrero de 2011. Un objetivo de reducción de los gases de efecto invernadero más ambicioso por parte de la Unión Europea podría crear empleos y acelerar el crecimiento según un estudio publicado en Alemania el lunes. Pasar de un objetivo de disminución del 20% de la reducción de los gases con efecto invernadero (respecto a los niveles de 1990) a un objetivo del 30%.
Un ahorro de 1000 euros por año y hogar.
“Según la Comisión Europea, la política de ahorro energético mediante la mejora del aislamiento permitiría un ahorro de 1.000 euros por hogar y año (..) Lo sabemos hacer. Por lo tanto lo que falta ahora es voluntad política”, escribía Hervé Kempf en un editorial del diario Le Monde el dos de marzo de 2011.
Como subraya la Red Action Climat, “para que esta medida no sea una carga insoportable sobre el presupuesto de las familias, es necesario que se cree en cada región una sociedad de inversiones uniendo el capital público de las comunidades y el capital de otras instituciones, que organice y financie la totalidad o una parte de las operaciones de renovación. El ahorro de energía obtenido gracias al trabajo constituiría la principal fuente de “renta” que remuneraría a estos inversores. Dado el tamaño de la obra y la larga duración de los contratos (amortizados a 20 o 25 años), estas estructuras precisarían garantías públicas”.

1.- Reducir drásticamente los tipos de interés sobre la deuda de los Estados y facilitar el crédito al sector privado.
2.- Crear un impuesto europeo sobre Sociedades.
3.- Poner fin al hundimiento de la recaudación fiscal
4.- Boicotear los paraísos fiscales.
  • Obligando a las empresas a la transparencia financiera
  • Boicoteando a las empresas que tengan filiales en paraísos fiscales
  • Poniendo fin a la práctica de la optimización fiscal de los grupos internacionales.
5.- Limitar al máximo los despidos
6.- Asegurar a la gente en precariedad
7.- Prohibir a los bancos especular con nuestro dinero
  • Separar los bancos de depósitos de los bancos de inversión
  • Favorecer la financiación de las PYMES
  • Acabar con la irresponsabilidad de los financieros
  • Desarrollar monedas complementarias
8.- Crear una verdadera tasa que grave las transacciones financieras
9.- Luchar contra las deslocalizaciones
10.- Cervantes2012.
11.- Declarar la guerra al cambio climático
  • Un esfuerzo considerable para aislar los edificios
  • Una economía más ecológica podría crear 6 millones de empleos
  • Un ahorro de 1000 euros por año y hogar
  • Financiación europea
  • Desarrollo de las energías renovables
12.- Desarrollar la economía social y solidaria
  • Una ley de programación
  • Una política contractual entre los Estados, las comunidades territoriales y todos los actores de la economía social y solidaria: La utilización de las cláusulas sociales
  • Una democratización de los poderes a todos los niveles
  • Una financiación a la medida de lo que está en juego
13.- Negociar el tiempo de trabajo y una participación diferente en los ingresos
  • El actual reparto del trabajo no tiene sentido
  • 33,7 horas, promedio de la jornada de trabajo en los Estados Unidos
  • 30.05 horas en Alemania
  • Estamos pasando por una revolución como la humanidad nunca ha conocido
  • La causa fundamental de la crisis
  • Un brecha del 33% ha surgido entre la oferta y la demanda de trabajo
  • En tiempos de crisis, es más fácil jugar con los miedos y hablar al cerebro reptiliano que hablar a la inteligencia y al cerebro ciudadano
  • El dosier del tiempo de trabajo debe ser reabierto y debatido sin tabús: Wassenaar 2012
  • Luchar contra la desigualdad de los ingresos
14.- Cambiar radicalmente las instituciones europeas
  • Definir bien las competencias
  • ¿Quién iba a hacer qué?
  • El ejemplo de la India es muy interesante
  • La propuesta de Delors
  • !Que los ciudadanos se expresen!
  • Un idioma común para todos los europeos
  • Rompamos el hilo entre la clase política y las corporaciones
15.- La negociación de un Tratado para construir una verdadera Europa social.
  • Razones sociales
  • Razones políticas
  • Razones económicas


http://malestarciudadano.com/2012/06/10/el-colectivo-roosevelt-2012-propuestas-para-afrontar-la-crisis-en-europa/



Ideas para un debate sobre el capitalismo

Otras veces me manifestado mis simpatías por ResPublica, un think tank británico muy activo en acciones sociales y, sobre todo, en ayudar a formar la opinión pública en su país. Aquí me remito a una entrada de Joanne Green titulada “It’s the ‘common good’ economy, stupid” (aquí, en inglés). Green hace algunas propuestas sobre la economia capitalista, basadas en la Doctrina Social de la Iglesia católica. Y las identifica en tres bloques: propósito (purpose), participación y comunidades políticas.
  • Propósito. ¿Cuál es el propósito de la economía? En la Doctrina Social se dice que el bien común, que Green define como “buscar el bien de todos, sin excluir a ninguna persona o grupo”. Afirma que el capitalismo ha perdido su propósito, en parte por la creencia de que los mercados encontrarán su propio objetivo, vía mano invisible. Y en parte por un concepto erróneo delibertad, entendida solo como ausencia de interferencia. Y señala que la obsesión en el crecimiento del PIB es una muestra de esa falta de sentido: todo lo que desea un gobierno es que su PIB real crezca más, más que antes, más que el de los demás países. Y con ello se olvida de otros objetivos no menos relevantes, como su sostenibilidad o el progreso social: “reducir la pobreza, crear empleos decentes, aumentar la sostenibilidad medioambiental y promover la estabilidad”.
  • Participación. Green centra el problema de la falta de participación de los ciudadanos en la marcha del país en la desigualdad. Menciona la típica distinción entre igualdad de oportunidades y de resultados, para decir que falta una tercera: la igualdad de participación. Porque hay muchos que no pueden participar: parados, discapacitados, personas no suficientemente cualificadas… Y la clave esta en que las personas florecen como tales no porque tengan más o menos oportunidades, o más o menos riqueza o ingresos, sino más o menos participación: “los seres humanos deben ser los sujetos (los artesanos) de su trabajo y de su dedestino”, dice Green.
  • Comunidades políticas, ante las cuales deben ser responsables los que elaboran y ejecutan las políticas (ResPublica es una institución con claro sentido comunitario). Esto coincide con el principio de subsidiaridad de la Doctrina Social Católica, afirma Green. “Los ciudadanos y las comunidades, a través del debate político, deben ser los principales árbitros de qué políticas económicas son más adecuadas para sus intereses”.

Proyecto Spinelli de Unión Europea

http://www.spinelligroup.eu/2013/03/15/la-crise-pousse-au-federalisme/

« It will be the moment of new action and it will be the moment for new men: the moment for a free and united Europe », Altiero Spinelli
“Si je savois quelque chose utile à ma patrie, et qui fût préjudiciable à l’Europe,(…) je la regarderois comme un crime.” Montesquieu
More than ever, the challenges we face today are worldwide: climate change, resource exhaustion and environmental destruction, economic and financial regulation, nuclear threat and collective security, fairer trade, peace-building…
In this new world, every European country is a small country. But we have one advantage: we have built together a European Union. It is a remarkable construction in which European nation-states, some even long divided by protracted conflicts, decided to be “united in diversity” and form a Commonwealth, a Community in the true sense of the word.
Striving for shared peace and prosperity, we managed to work together and combine forces, thus fostering unprecedented prosperity, democracy and reconciliation on the continent. National states gave away sovereign powers to institutions in order to reach common goals and an “ever closer” Union.
Unfortunately, whereas the formidable challenges of a manifold crisis demand common responses, drawn at least at European level, too many politicians fall tempted to believing in national salvation only. In a time of interdependence and a globalised world, clinging to national sovereignties and intergovernmentalism is not only warfare against the European spirit; it is but an addiction to political impotence.
Today things are moving in the opposite direction, towards a looser instead of a closer Union, towards a more national instead of post-national Europe. Throwing the Community spirit behind, Member states let short-term national interests cloud the common vision. They favour intergovernmental solutions above European solutions. Almost to the point of breaking up the Euro, the most concrete symbol of European integration.
We oppose this backward and reactionary direction. Europe has been yet again abducted – by a coalition of national politicians. It is time to bring her back. We believe that this is not the moment for Europe to slow down further integration, but on the contrary to accelerate it. The history of the European Union has proven that more Europe, not less, is the answer to the problems we face. Only with European solutions and a renewed European spirit will we be able to tackle the worldwide challenges.
Nationalism is an ideology of the past. Our goal is a federal and post-national Europe, a Europe of the citizens. This was the dream the founding fathers worked so hard to achieve. This was the project of Altiero Spinelli. This is the Europe we will go for. Because this is the Europe of the future.



Proyecto Spinelli de Unión Europea 1984 Altiero Spinelli
Proyecto de Tratado de Unión Europea y Resolución adoptados por el Parlamento Europeo el 14 de febrero de 1984 en Estrasburgo, Francia.
Resolución sobre el proyecto de Tratado que instituye la Unión Europea El Parlamento Europeo, -vista su decisión de 9 de julio de 1981 sobre la creación de la Comisión institucional; -vista su resolución de 6 de julio de 1982 sobre las orientaciones relativas a la reforma de los tratados y a la realización de la Unión Europea; -vista su resolución de 14 de septiembre de 1983 sobre el contenido del anteproyecto de Tratado que instituye la Unión Europea; -visto el informe de la Comisión institucional; -convencido que ante las presentes dificultades es urgente e indispensable una reactivación de la construcción europea que conlleve la profundización de las políticas existentes, la puesta en marcha de nuevas políticas y el establecimiento de un nuevo equilibrio internacional; -recordando que la Unión Europea fue adoptada como objetivo por los estados miembros en los tratados fundadores de las Comunidades Europeas, con motivo de la conferencia de los jefes de Estado o de gobierno de 20 de octubre de 1972 y en la declaración solemne del 9 de julio de 1983, así como por las instituciones de las mismas Comunidades; -consciente de su debe histórico de proponer un proyecto de Unión, en tanto que primera Asamblea directamente elegida por los ciudadanos europeos; -constatando que el anteproyecto de Tratado instituyente de la Unión Europea presentado por la Comisión institucional, basado en una experiencia de treinta años de vida comunitaria y en la evidente necesidad de ir más allá del grado actual de unificación, es conforme a las líneas directrices adoptadas en su resolución del 14 de septiembre de 1983; -aprueba este anteproyecto que, por dicho motivo, se convierte en el proyecto de Tratado que establece la Unión Europea y encarga a su Presidente que la presente a los parlamentos y gobiernos de los Estados miembros; -invita al Parlamento Europeo que será elegido el 17 de junio de 1984 a que organice todos los contactos y encuentros oportunos con los diversos parlamentos nacionales, y adopte cualquier otra iniciativa útil a fin de permitirle tener en cuenta las posiciones y observaciones recogidas en los distintos parlamentos nacionales; -desea que el Tratado sobre la Unión Europea pueda finalmente recoger la adhesión de todos los Estados miembros según sus procedimientos constitucionales respectivos.
CCXXVI  Proyecto de Tratado sobre la Unión Europea PREÁMBULO -con vistas de proseguir y reactivar la obra de unificación democrática de Europa de la que las Comunidades Europeas, el sistema monetario europeo y la cooperación política han sido las primeras realizaciones, y convencidos de que cada vez es más importante para Europa afirmar su identidad; -congratulándose de los positivos resultados conseguidos hasta ahora, pero conscientes de la necesidad de redefinir los objetivos de la construcción europea y de dar a instituciones más eficaces y más democráticas los medios para conseguirlo; -basándose en la adhesión a los principios de la democracia pluralista, del respeto de los derechos humanos y la preeminencia del derecho; -reafirmando su deseo de contribuir a la construcción de una sociedad internacional que se base en la cooperación de los pueblos y de los Estados, la solución pacífica de los conflictos, la seguridad y la consolidación de las organizaciones internacionales; -decididas a fortalecer, mediante una unión aún más estrecha, la salvaguardia de la paz y de la libertad, e invitando a los demás pueblos de Europa que comparten su ideal a asociarse a su esfuerzo; -decididas a incrementar la solidaridad de los pueblos europeos dentro del respeto de su personalidad histórica, de su dignidad y de su libertad en el seno de instituciones comunes y libremente aceptadas; -convencidas de la necesidad de permitir la participación, según formas apropiadas, de las colectividades locales y regionales en la construcción europea; -deseosas de conseguir sus objetivos comunes de manera progresiva, respetando las etapas de transición necesarias y sometiendo cualquier progreso posterior al consentimiento de los pueblos y de los Estados; -deseando confiar a instituciones comunes, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, únicamente aquellas competencias necesarias para desempeñar correctamente aquellas funciones que podrían realizarse de forma más satisfactoria que si lo hiciera un Estado miembro por sí solo.
Las Altas Partes Contratantes Estados miembros de las Comunidades Europeas, han decidido crear la UNIÓN EUROPEA.
LA UNIÓN Creación de la Unión 1. Por el presente Tratado, las Altas Partes Contratantes establecen entre sí la Unión Europea.
Adhesión de nuevos miembros 2. Cualquier Estado europeo democrático puede solicitar ser miembro de la Unión. Las modalidades de adhesión, así como las adaptaciones que ello implica son objeto de un Tratado entre la Unión y el Estado candidato. Este Tratado se concluye de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 65 del presente Tratado.  CCXXVII  Un Tratado de adhesión que implique una revisión del presente Tratado, sólo podrá concluirse tras haber seguido el procedimiento de revisión previsto en el artículo 84 del presente Tratado.
Ciudadanía de la Unión 3. Los ciudadanos de los Estados miembros son, por dicho motivo, ciudadanos de la Unión. La ciudadanía de la Unión está relacionada con la calidad de ciudadano de un Estado miembro; no puede ser adquirida o perdida separadamente. Los ciudadanos de la Unión participan en la vida política de la misma bajo las normas previstas por el presente Tratado, gozan de los derechos que le son reconocidos por el ordenamiento jurídico de la Unión y se someten a las normas de la misma.
Derechos fundamentales 4.1. La Unión protege la dignidad del individuo y reconoce a toda persona dependiente de su jurisdicción los derechos y libertades fundamentales, tales como derivan de los principios comunes de las constituciones de los Estados miembros, así como la Convención Europea para salvaguardar los derechos del hombre y libertades fundamentales.
2. La Unión se compromete a mantener y a desarrollar, dentro de los límites de sus competencias, los derechos económicos, sociales y culturales que derivan de las constituciones de los Estados miembros, así como de la Carta social europea.
3. Dentro de un plazo de cinco años, la Unión deliberará sobre su adhesión a los instrumentos internacionales anteriormente mencionados, a los Pactos de las Naciones Unidas relativos a los derechos civiles y políticos, así como a los derechos económicos, sociales y culturales. Dentro del mismo plazo, la Unión adoptará su propia declaración sobre derechos fundamentales en base a un procedimiento de revisión previsto en el artículo 84 del presente Tratado.
4. En caso de violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de los principios democráticos o de los derechos fundamentales, podrán adoptarse sanciones en base a las disposiciones del artículo 44 del presente Tratado.
Territorio de la Unión 5. El territorio de la Unión comprende el conjunto de territorios de los Estados miembros tal como se precisa en el Tratado que instituye la Comunidad Económica Europea, habida cuenta las obligaciones derivadas del derecho internacional.
Personalidad jurídica de la Unión 6. La unión tiene personalidad jurídica. En cada uno de los Estados miembros, la Unión poseerá la capacidad jurídica más ampliamente reconocida a las personas jurídicas por las legislaciones nacionales; en especial, puede adquirir o enajenar bienes inmobiliarios y mobiliarios, y presentar recurso judicial.
En las relaciones internacionales, la Unión goza de la capacidad jurídica necesaria para ejercer sus funciones y alcanzar sus objetivos.
 CCXXVIII  Acervo comunitario 7.1. La unión acepta el acervo comunitario.
2. Forman parte del derecho de la Unión las disposiciones de los Tratados que instituyen las Comunidades Europeas, así como los convenios y protocolos relativos a dichas Comunidades, los referentes a los objetivos de las mismas y a su campo de aplicación y que no se ven modificadas de manera expresa o implícita por el presente Tratado. Sólo pueden modificarse en base al procedimiento de revisión previsto en el artículo 84 del presente Tratado.
3. Las otras disposiciones de los mencionados tratados, convenios y protocolos forman igualmente parte del derecho de la Unión siempre que no sean incompatibles con el presente Tratado. Sólo podrán modificarse a través del procedimiento de ley orgánica previsto en el artículo 38 del presente Tratado.
4. Los actos de las Comunidades Europeas, así como las medidas adoptadas en el marco del sistema monetario europeo y de la cooperación política seguirán produciendo sus efectos, siempre que no sean incompatibles con el presente Tratado, en tanto no hayan sido sustituidos por actos o medidas adoptados por las instituciones de la Unión de acuerdo con sus competencias respectivas.
5. La Unión respeta todos los compromisos de las Comunidades Europeas, en particular los acuerdos o convenios firmados con uno o varios Estados terceros o bien con una organización internacional.
Instituciones de la Unión 8. La realización de las tareas confiadas a la Unión queda garantizada por sus instituciones y sus órganos. Las instituciones de la Unión son: -el Parlamento Europeo -el Consejo de la Unión -la Comisión -el Tribunal de Justicia -el Consejo Europeo OBJETIVOS, MÉTODOS DE ACCIÓN Y COMPETENCIAS DE LA UNIÓN Objetivos 9. La Unión tiene por objetivos: -Garantizar un desarrollo humano y armonioso de la sociedad que se base, sobre todo, en la búsqueda del pleno empleo, la progresiva eliminación de los desequilibrios existentes entre sus regiones, la protección del medio ambiente y la mejora de su calidad, así como el progreso científico y cultural de los pueblos.
-Garantizar el desarrollo económico de sus pueblos en el ámbito de un mercado interior libre y en el contexto de la estabilidad monetaria, del equilibrio de las relaciones económicas exteriores y de un crecimiento económico constante, sin discriminación entre empresas nacionales y empresas de otros Estados miembros, reforzando la capacidad de los Estados, de sus ciudadanos y de sus empresas para adaptar solidariamente sus estructuras y sus actividades a las mutaciones económicas.
 CCXXIX  -Promover en las relaciones internacionales la seguridad, la paz, la cooperación, la distensión, el desarme y la libre circulación de personas y de ideas, así como la mejoría de las relaciones comerciales y monetarias internacionales.
-Contribuir al desarrollo armonioso y justo de todos los pueblos del mundo para permitirles salir del subdesarrollo y del hambre, y ejercer plenamente sus derechos políticos, económicos y sociales.
Métodos de acción 10.1. Para alcanzar estos objetivos, la Unión se basará en los métodos de la acción común o de la cooperación entre los Estados miembros; los campos reservados a cada uno de estos métodos quedan fijados por el presente Tratado.
2. Por acción común se entiende el conjunto de actos -internos o internacionalesnormativos, administrativos, financieros y judiciales, así como los programas y recomendaciones propias de la Unión que emanen de sus instituciones y se dirijan, tanto a las mismas como a los Estados o a los individuos.
3. Se entiende por cooperación los compromisos que adopten los Estados miembros en el marco del Consejo Europeo.
Los resultados de la cooperación serán aplicados por los Estados miembros o por las instituciones de la Unión, según las modalidades definidas por el Consejo Europeo.
Paso del método de cooperación al de acción común 11.1. En los casos previstos en los artículos 54, apartado 1, y 68, apartado 2, del presente Tratado, ciertos temas que dependen de la cooperación entre Estados podrán ser objeto de acciones comunes. A propuesta ya sea de la Comisión, del Consejote Unión, del Parlamento, o bien de uno o varios Estados miembros, el Consejo Europeo decidirá, tras consulta de la Comisión y con el acuerdo del Parlamento, someter estas materias a la exclusiva o complementaria competencia de la Unión.
2. En los campos dependientes de la acción común, ésta no puede ser sustituida por la cooperación.
Competencias 12.1. Cuando el presente Tratado atribuya una competencia exclusiva a la Unión, sus instituciones serán la únicas competentes en la materia; las autoridades nacionales sólo podrán intervenir si la ley de la Unión lo prevé. Las reglas nacionales seguirán en vigor en tanto que la Unión no haya sido legislada.
2. Cuando el presente Tratado atribuya una competencia concurrente a la Unión, la acción de los Estados miembros se ejercerá allí donde no haya intervenido la Unión. La Unión sólo intervendrá para realizar aquellas funciones que puedan ser comprendidas en común de una manera eficaz que por los Estados miembros separadamente, en particular aquéllas cuya realización exija la acción de la Unión, dado que su dimensión o sus efectos superan las fronteras nacionales. La ley que ponga en marcha la acción común en un sector no abordado aún por la Unión, o por las Comunidades, debe adoptarse según el procedimiento de ley orgánica.
Entrada en vigor del derecho de la Unión 13. La Unión y los Estados miembros cooperarán en mutua confianza en la aplicación del derecho de la Unión. Los Estados miembros adoptarán todas las medidas  CCXXX  generales o particulares propias para garantizar la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Tratado, o bien resultantes de actos de las instituciones de la Unión. Además, facilitarán a la misma el cumplimiento de su misión y se abstendrán de toda medida susceptible de poner en peligro la realización de los objetivos de la Unión.
DISPOSICIONES INSTITUCIONALES Las instituciones de la Unión Parlamento Europeo 14. El Parlamento se elegirá por sufragio universal directo, mediante voto libre y secreto de los ciudadanos de la Unión. La duración de la legislatura será de cinco años.
Una ley orgánica establecerá un procedimiento electoral uniforme; hasta la entrada en vigor de esta ley el procedimiento aplicable es el que se encuentra en vigor para la elección del Parlamento de las Comunidades Europeas.
Miembros del Parlamento 15. Los miembros del Parlamento actuarán y votarán, individual y personalmente, y no podrán recibir instrucciones ni mandatos obligatorios.
Funciones del Parlamento 16. El Parlamento -participará de acuerdo con el presente Tratado, en los procedimientos legislativos y presupuestarios, así como en la conclusión de acuerdos institucionales; -investirá a la Comisión al aprobar su programa político; -ejercerá el control político sobre la Comisión; -tendrá el poder de adoptar, por mayoría cualificada, una moción de censura que obligue a los miembros de la Comisión a dimitir colectivamente de sus funciones; -dispondrá de poder para reclamar información y recibirá las peticiones que le sean dirigidas por los ciudadanos de la Unión; -ejercerá las otras competencias que le son atribuidas por el presente Tratado.
Mayoría en el Parlamento 17.1. El Parlamento votará por mayoría simple, es decir, la mayoría de los sufragios expresados, sin tener en cuenta las abstenciones.
2. En los casos expresamente previstos por el presente Tratado, el Parlamento votará: a) bien por mayoría absoluta, es decir, por mayoría de sus miembros; b) o bien por mayoría cualificada, es decir, por mayoría de sus miembros y por los dos tercios de los sufragios expresados, no considerándose abstenciones. Con motivo de la votación en segunda lectura del presupuesto la mayoría cualificada se define como la  CCXXXI  mayoría de los miembros del Parlamento y de los tres quintos de los sufragios expresados, no teniéndose en cuenta las abstenciones.
Poder de investigación y peticiones 18. Las modalidades según las cuales se ejercerá el poder de investigación del Parlamento, así como el derecho de los ciudadanos a dirigir peticiones al Parlamento se fijarán según leyes orgánicas.
Reglamento interior del Parlamento 19. El Parlamento adoptará su reglamento interior por mayoría absoluta.
Consejo de la Unión 20. El Consejo de la unión estará compuesto por representantes de los Estados miembros nombrados por sus gobiernos respectivos, cada representación estará dirigida por un ministro encargado de forma específica y permanente de los asuntos de la Unión.
Funciones del Consejo de la Unión 21. El Consejo: -participará, de acuerdo con el presente Tratado, en los procedimientos legislativos y presupuestarios, así como en la conclusión de acuerdos internacionales; -ejercerá las competencias que le sean confiadas en el campo de las relaciones internacionales y responderá a las cuestiones escritas y orales planteadas por los miembros del Parlamento en este campo; -ejercerá las demás competencias que le sean atribuidas por el presente Tratado.
Ponderación de los votos en el Consejo de la Unión 22. La votación de cada representación quedará afectada por la ponderación prevista el artículo 148, apartado 2, del Tratado que instituye la Comunidad Económica Europea.
En caso de adhesión de nuevos Estados miembros, la ponderación de votos que le sean atribuidos quedará determinada por el Tratado de adhesión.
Mayoría en el Consejo de la Unión 23.1. El Consejo votará por mayoría simple, es decir, por mayoría de los votos ponderados expresados, no teniéndose en cuenta las abstenciones.
2. En los casos expresamente previstos por el presente Tratado, el Consejo votará: a) bien por mayoría absoluta, es decir, por mayoría de los votos ponderados, no teniéndose en cuenta las abstenciones, e incluyéndose al menos la mitad de las representaciones;  CCXXXII  b) o bien por mayoría cualificada, es decir, por mayoría de los dos tercios de los votos ponderados, no teniéndose en cuenta las abstenciones e incluyéndose la mayoría de las representaciones. Con ocasión de la votación en segunda lectura del presupuesto, la mayoría cualificada se definirá como la mayoría de los tres quintos de los votos ponderados, no teniéndose en cuenta las abstenciones, e incluyéndose la mayoría de las representaciones; c) o bien por unanimidad de las representaciones, no teniéndose en cuenta las abstenciones.
3. Durante un período de transición de diez años, cuando una representación invoque un interés nacional vital, cuestionado por la decisión pendiente de adopción y reconocido como tal por la Comisión, la votación se aplazará a fin de que se reexamine la cuestión. Los motivos de la petición de aplazamiento deberán ser publicados.
Reglamento interior del Consejo de la Unión 24. El Consejo adoptará su reglamento interior por mayoría absoluta. El reglamento prevé la publicidad de las reuniones a lo largo de las cuales el Consejo actuará en tanto que autoridad legislativa o presupuestaria.
Comisión 25. La Comisión entrará en funciones en un plazo de seis meses tras la elección del Parlamento.
Al principio de cada legislatura, el Consejo Europeo nombrará al Presidente de la Comisión, formando este último la Comisión tras consultar al Consejo Europeo. La Comisión someterá su programa al Parlamento y entrará en función tras haber recibido de éste la investidura, quedando en funciones hasta la investidura de la nueva Comisión.
Composición de la Comisión 26. La estructura y funcionamiento de la Comisión así como el estatuto de sus miembros se fija mediante ley orgánica. Hasta la entrada en vigor de dicha ley, las reglas referentes a la estructura y al funcionamiento de la Comisión de las Comunidades Europeas, así como el Estatuto de sus miembros, se aplicarán a la Comisión de la Unión.
Reglamento interior de la Comisión 27. La Comisión adoptará su reglamento interno.
Funciones de la Comisión 28. La Comisión: -definirá, en el programa que someterá a la aprobación del Parlamento, las orientaciones de la acción de la Unión; - adoptará las iniciativas apropiadas para su puesta en práctica;  CCXXXIII  -dispondrá de la iniciativa de las leyes y participará en el procedimiento legislativo; -decretará los reglamentos de aplicación de las leyes y adoptará las decisiones de ejecución necesarias; -presentará el proyecto de presupuesto; -ejecutará el presupuesto; -representará a la Unión en las relaciones exteriores, en los casos previstos por el presente Tratado; -vigilará la aplicación del presente Tratado y de las leyes de la Unión; -ejercerá las demás competencias que le son atribuidas por el presente Tratado.
Responsabilidad de la Comisión ante el Parlamento 29.1. La Comisión es responsable ante el Parlamento.
2. La Comisión responderá a las cuestiones escritas y orales planteadas por los miembros del Parlamento.
3. Los miembros de la Comisión deberán abandonar colectivamente sus funciones tras la votación por el Parlamento de una moción de censura por mayoría cualificada.
La votación de la moción de censura sólo podrá producirse mediante escrutinio público y por lo menos tres días después de la presentación de la moción.
4. Tras la censura, se tomará una nueva Comisión según el procedimiento previsto en el artículo 25 del presente Tratado. Hasta la investidura de la nueva Comisión, la Comisión censurada tramitará los asuntos corrientes.
Tribunal de Justicia 30.1. El Tribunal de Justicia garantizará el respeto del derecho en la interpretación y la aplicación del presente Tratado, y toda acta adoptada en virtud del mismo.
2. La mitad de los miembros del Tribunal serán nombrados por el Parlamento y la otra mitad por el Consejo de la unión. En caso de que el número de sus miembros sea impar, el Parlamento nombrará uno más que el Consejo.
3. La organización del Tribunal, el número y el Estatuto de sus miembros y la duración de su mandato, serán regidos por una ley orgánica que determinará igualmente el procedimiento y las mayorías requeridas para su nombramiento. Hasta la entrada en vigor de esta ley, las disposiciones pertinentes de los tratados comunitarios y las medidas adoptadas para su puesta en práctica se aplicarán al Tribunal de Justicia de la Unión.
4. El Tribunal adoptará su reglamento de procedimiento.
Consejo Europeo 31. El Consejo Europeo reunirá a los jefes de Estado o de gobierno de los Estados miembros de la Unión y al Presidente de la Comisión que participará en los trabajos del Consejo Europeo, a excepción del debate relativo al nombramiento de su sucesor y a la elaboración de los mensajes y recomendaciones que se dirijan a la Comisión.
 CCXXXIV  Funciones del Consejo Europeo 32.1. El Consejo Europeo: -formulará recomendaciones y adoptará compromisos en el campo de la cooperación; -decidirá, en los casos previstos por el presente Tratado y según el procedimiento previsto en el artículo 11, un aumento de competencias de la Unión; -nombrará al Presidente de la Comisión; -dirigirá mensajes a las demás Instituciones de la Unión; -informará periódicamente al Parlamento sobre la actividad de la Unión en los campos de su competencia; -responderá a las cuestiones escritas y orales planteadas por los miembros del Parlamento; -ejercerá las demás competencias que le son atribuidas por el presente Tratado.
2. El Consejo Europeo determinará sus propios procedimientos de decisión.
Órganos de la Unión 33.1. La Unión quedará dotada de los órganos siguientes: -El Tribunal de Cuentas.
-El Comité Económico y Social.
-El Banco Europeo de Inversiones.
-El Fondo Monetario Europeo.
Una serie de leyes orgánicas fijarán las reglas sobre las atribuciones y los poderes de estos órganos, su organización y su composición.
2. Los miembros del Tribunal de Cuentas serán nombrados, la mitad por el Parlamento y la otra mitad por el Consejo de la Unión.
3. El Comité Económico y Social será un órgano de consulta de la Comisión, Parlamento, Consejo de la Unión y del Consejo Europeo, y podrá enviar dictámenes por iniciativa propia. El Comité será consultado acerca de toda propuesta que tenga una influencia determinante en la elaboración y la puesta en práctica de la política económica y de la política social. El Comité decretará su reglamento interno. La composición del Comité deberá garantizar una representación adecuada de las diferentes categorías de la vida económica y social.
4. El Fondo Monetario Europeo dispondrá de la autonomía necesaria para garantizar la estabilidad monetaria.
5. Cada uno de los órganos arriba mencionados quedará regido por las disposiciones que sean aplicables a los órganos comunitarios correspondientes en el momento de la entrada en vigor del presente Tratado.
La Unión puede, mediante ley orgánica, crear otros órganos necesarios para su funcionamiento.
 CCXXXV  Los actos de la Unión Definición de la ley 34.1. La ley fija las reglas que se aplican a la acción común. En lo posible, se limitará a determinar los principios fundamentales que rigen la acción común y dejará a las autoridades encargadas de su ejecución, dependientes de la Unión o de los Estados miembros, el cuidado de precisar las modalidades de aplicación.
2. La organización y el funcionamiento de las instituciones, así como otras materias expresamente previstas por el presente Tratado, serán regidas por leyes orgánicas votadas en base a las modalidades particulares previstas en el artículo 38 del presente Tratado.
3. La ley presupuestaria se adopta de acuerdo con las disposiciones del artículo 76 del presente Tratado.
Aplicación diferenciada de la ley 35. La ley puede subordinar a unos plazos o acompañar medidas de transición diferenciadas según el destinatario, la puesta en práctica de sus disposiciones cuando la uniformidad de aplicación de las mismas choque con dificultades especiales debidas a la situación específica de algunos de sus destinatarios. Estos plazos y medidas deben, no obstante, pretender facilitar la aplicación posterior del conjunto de las disposiciones de la ley a todos sus destinatarios.
Autoridad legislativa 36. El Parlamento y el Consejo de la Unión ejercen conjuntamente el poder legislativo con la participación activa de la Comisión.
Iniciativa de las leyes y las enmiendas 37.1. La Comisión tiene iniciativa legislativa. Puede retirar en cualquier momento los proyectos de ley presentados por ella misma hasta que, bien sea el Parlamento o bien el Consejo de la Unión las hayan adoptado expresamente en primera lectura.
2. A petición motivada del Parlamento o del Consejo, la Comisión presentará un proyecto de ley de acuerdo con esta petición. En caso de rechazo de la Comisión, el Parlamento o el Consejo, según los procedimientos previstos en sus reglamentos, podrán introducir un proyecto de ley conforme con su petición original. La Comisión deberá expresar su dictamen sobre el proyecto.
3. Según las condiciones previstas en el artículo 38 del presente Tratado: - la Comisión podrá presentar enmiendas a cualquier proyecto de ley; estas enmiendas se votarán con prioridad; - los miembros del Parlamento y las representaciones nacionales en el seno del Consejo podrán igualmente presentar enmiendas con motivo de los debates que se produzcan en el seno de sus instituciones respectivas.
 CCXXXVI  Votación de la ley 38.1. Todos los proyectos de ley serán sometidos al Parlamento. En un plazo de seis meses éste aprobará el proyecto, con o sin enmienda. Cuando se trate de un proyecto de ley orgánica, el Parlamento podrá enmendar por mayoría absoluta, su aprobación requiere la mayoría cualificada.
Si no se consiguen las mayorías requeridas para la aprobación del proyecto, la Comisión tendrá el derecho de modificarlo y de volverlo a presentar ante el Parlamento.
2. El proyecto aprobado, enmendado o no por el Parlamento será transmitido al Consejo de la Unión y la Comisión podrá expresar, dentro del plazo de un mes tras la aprobación del Parlamento, será transmitido al Consejo.
3. El Consejo se pronunciará en un plazo de seis meses Si se aprueba el proyecto por mayoría absoluta y sin enmiendas ,o bien se rechaza por unanimidad, se acaba el procedimiento legislativo.
Si la Comisión ha emitido expresamente dictamen desfavorable acerca del proyecto o si se trata de un proyecto de ley orgánica, el Consejo, por mayoría cualificada, aprobará el proyecto sin enmendarlo o rechazarlo, en cuyo caso finalizará el procedimiento legislativo.
Cuando el proyecto quede sometido a votación sin esperar los resultados arriba mencionados, o cuando el proyecto quede enmendado por mayoría simple, o por mayoría absoluta para las leyes orgánicas, se iniciará el procedimiento de concertación previsto en el apartado 4 del presente artículo.
4. En los casos previstos en el último párrafo del apartado 3 del presente artículo, se reúne el Comité de concertación. Dicho comité se compone de una delegación del Consejo de la Unión y de una delegación del Parlamento. La Comisión participa en los trabajos del Comité.
Si, en un plazo de tres meses, el Comité consigue llegar a un acuerdo sobre un texto común, este texto quedará sometido para su aprobación al Parlamento y al Consejo, que decidirán por mayoría absoluta o, para las leyes orgánicas, por mayoría cualificada dentro de un plazo de tres meses. No se aceptará ninguna enmienda.
Si, en el plazo arriba mencionado, el Comité no logra llegar a un acuerdo, el texto que salga del Consejo quedará sometido al Parlamento para su aprobación, el cual decidirá dentro de un plazo de tres meses por mayoría absoluta o, para las leyes orgánicas, por mayoría cualificada. Sólo serán aceptables las enmiendas presentadas por la Comisión. En un plazo de tres meses, el Consejo podrá rechazar, por mayoría cualificada, el texto adoptado por el Parlamento, no pudiéndose entonces aceptar ninguna enmienda.
5. Sin perjuicio del artículo 23, apartado 3 del presente Tratado, si el Parlamento o el Consejo no someten a votación el proyecto dentro de los plazos que le sean impuestos, el proyecto se considerará adoptado por la institución que no se haya pronunciado. Sin embargo, no se puede considerar a una ley como adoptada si no ha sido aprobada, de forma explícita, por el Parlamento o bien por el Consejo.
6. Cuando una determinada situación lo exija, el Parlamento y el Consejo podrán, de común acuerdo, prorrogar los plazos previstos en el presente artículo.
Publicación de la ley 39. Sin perjuicio del artículo 76, apartado 4, del presente Tratado, el Presidente de la autoridad legislativa que se haya pronunciado expresamente en último lugar, constatará la finalización del procedimiento legislativo y hará publicar, sin demora, la ley en el Diario Oficial de la Unión.
 CCXXXVII  Poder reglamentario 40. La Comisión adoptará los reglamentos y decisiones necesarias para la aplicación de la ley basándose en las modalidades previstas por la misma. Los reglamentos serán publicados en el Diario Oficial de la Unión y las decisiones se notificarán a los destinatarios. El Parlamento y el Consejo de la Unión serán informados inmediatamente.

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